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Podrán optar a préstamos los socios de la Corporación de Bienestar que reúnan los siguientes requisitos:
Ser socio de Bienestar con una antigüedad de 1 año, a lo menos.
Alcance liquido disponible conforme a lo estipulado en Estatutos (15% de la remuneración mensual)
Antigüedad en la Empresa Colaboradora, que le permita avalar con su indemnización por años de servicio en ésta, el monto del préstamo solicitado.
Los préstamos de auxilio se otorgarán por necesidades urgentes calificadas como tales por el directorio.
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