BENEFICIO ESCOLARIDAD 2020


Estimados/as Socios/as:

El beneficio de escolaridad esta dirigido a cada trabajador e hijo estudiante (hasta los 28 años) que curse estudios en los niveles de :Pre-básico,Básico,Medio,Técnico,Superior y Diferencial. Podrán solicitar este beneficio todos los Socios/as de la Corporación de Bienestar Antilco con mas de 3 meses de antigüedad como socio de la Corporación. Además de todos los trabajadores que hayan negociado colectivamente por los siguientes sindicatos: N°1 de Essbio 8ª región, N°2 de Essbio 8ª región,Sindicato N°3 O'Higgins 8ªregion (Educ. Superior;Técnico y Universitaria) Bioctava y Biodiversa 8ªregion.

Los requisitos para el cobro de beneficio se deben presentar en la oficina de la Corporación de Bienestar (casa 6 Planta la Mochita) desde el día 02 de marzo al día 13 de marzo COMO PLAZO MÁXIMO, adjuntando la siguiente documentacion de respaldo:

-Formulario de Escolaridad año 2020 FORMULARIO ESCOLARIDAD AQUI

-Certificado de alumno regular año 2020 o comprobante de matricula correspondiente al año de estudio 2020 (debe señalar curso-nivel de estudios y nombre del alumno)

-Certificado de nacimiento del estudiante solo en el caso de que el alumno (hijo) no este registrado como carga familiar en la Corporación de Bienestar.

-Certificado de nacimiento (SOLO PARA HIJOS ESTUDIANTES SOBRE 24 AÑOS Y MENOS DE 28 AÑOS) + declaración simple de soltería (NO notarial que señale estado civil y vivir a expensa de sus padres, firmado por socio(a) y estudiante)

Los socios(as) de la Corporación que negociaron colectivamente en un sindicato deberán indicarlo en el formulario de escolaridad a fin de que bienestar proceda a cancelar el diferencial del beneficio de escolaridad para hijos estudiantes desde Pre-kinder hasta nivel superior, Conforme a lo estipulado en sus respectivos contratos colectivos que mantienen vigentes la empresa ESSBIO S.A y BIODIVERSA a sus trabajadores. (Para una mayor información respecto a este beneficio, consultar en los contratos colectivos de cada sindicato, donde se encuentra detallada y valorizada cada asignación escolar.

El beneficio de escolaridad será pagado por una sola vez el día 31 de marzo 2020, a todos aquellos trabajadores que presentaron su documentacion de cobro de beneficio a la corporación de bienestar hasta el día 13 de marzo como PLAZO MÁXIMO.

OBSERVACIONES

Los alumnos de Enseñanza Superior que ingresen a estudiar el segundo semestre del año 2020, podrán cobrar el beneficio de escolaridad en el mes de agosto del presente año presentando la documentacion respectiva. En esta situación, el pago del beneficio solo corresponderá al 50% del monto total del beneficio.

Se considera Educación superior, todas aquellas carreras técnicas y universitarias de mas de 4 semestres tendientes a lograr un titulo de educacion superior. No se consideran en este beneficio Pre-universitarios o cursos de capacitación.

PLAZO MÁXIMO 13 DE MARZO 2020.